El literal l), del artículo 4 de la ley núm. 226-06, que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio a la DGA, establece que es atribución de la Dirección General de Aduanas velar por el cumplimiento de todas las disposiciones aplicables de la ley núm. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública.
En este sentido, la Dirección General de Aduanas de la República Dominicana, como entidad del Estado, tiene la obligación de proveer la información de carácter público y cualquier tipo de información financiera, así como todas las que sirvan de base a decisiones de naturaleza administrativa, tal como lo establece la Ley General núm. 200-04 y su Reglamento.
De ahí que, con fácil acceso, en esta sección usted podrá ver de manera transparente todos los detalles que están disponibles para la ciudadanía, en cumplimiento de dicha ley y del Decreto 130-05, que aprueba su Reglamento de Aplicación.